Santiago, abril de 2021
Las licencias médicas son un derecho de los trabajadores, reconocido en nuestra Constitución, cuyo carácter es irrenunciable. Aquellos que así lo requieran, ya sea por salud física o mental, se encuentran obligados a mantener el reposo ordenado por el respectivo profesional autorizado para extenderla, por el plazo indicado.
En segundo término, la Superintendencia de Seguridad Social, SUSESO, es el único organismo que puede pronunciarse sobre materias de seguridad social, entre las que figuran fijar, en orden administrativo, la interpretación de las normas legales y reglamentarias de seguridad social; dictar las circulares, instrucciones y resoluciones a las entidades sometidas a su supervigilancia.
En este sentido, la Subsecretaría de Salud, carece de atribuciones legales para dictar una instrucción que prive, restrinja, limite o condicione a los trabajadores, en el uso de su derecho a licencia médica. Tampoco tiene la facultad de autorizar o validar la renuncia a dicho beneficio, ya que ello excede su competencia.
Esto fue lo que pretendió hacer el gobierno cuando, el 19 de marzo pasado, emitió el oficio ord. B10 Nº1047, a través del cual planteaba la posibilidad de que, con mutuo acuerdo, aquellos trabajadores que fueran catalogados como contacto estrecho de un paciente Covid-19, pudieran optar por seguir trabajando a distancia, renunciando a su licencia médica, compatibilizando, de esta manera, trabajo y cuarentena preventiva.
“No es primera vez que este gobierno; en varias oportunidades ha intentado entregar diversas atribuciones que no corresponden a órganos del Estado, vulnerando los artículos 6 y 7 de la Constitución de la República, que señalan que los órganos del Estado deben actuar dentro de su competencia y en la forma que estipula la Ley, sin que puedan atribuirse, ni aún bajo pretexto de circunstancia extraordinaria, otra autoridad o derecho que lo que expresamente estipula la Constitución y las leyes”, señaló Karen Díaz Obregón, abogada de la Fenats Nacional.
Este fue uno de los principales argumentos esgrimidos por la Confederación, quien presentó un oficio, con carácter de urgencia, a la Contraloría General de la República, para que se pronunciara al respecto, aclarando para el conocimiento de los trabajadores, todo lo antes expuesto. Es decir, que gozan del derecho a tomar sus licencias médicas, pese a la voluntariosa insistencia del gobierno de tratar de negarlo.
Ya en julio del año pasado, también se consultó a la Contraloría General de la República sobre las atribuciones del Servicio Civil, en orden a dar un instructivo relativo al retorno gradual de los trabajadores del sector público al trabajo presencial. En esa oportunidad, también la Contraloría debió aclarar que el Servicio Civil no tenía tales atribuciones y por lo tanto, sus instrucciones eran ilegales; este no podía pronunciarse sobre asuntos del personal o de carácter sanitario.
“Lo más grave es que el Estado haya intentado vulnerar un derecho de seguridad social y laboral de los trabajadores, que se refiere a la recuperación de su salud, cuando un profesional -médico, cirujano, dentista o matrón- lo ha diagnosticado y recomendado. Este derecho está reconocido en el Código del Trabajo y por lo tanto, no pueden ser objeto de ningún tipo de acuerdo con el empleador, para dejarlo sin efecto. Lo único que corresponde es que el trabajador realice su reposo”, aclaró la abogada de Fenats Nacional.